Plan de igualdad en empresas

¿En qué consiste?

El Plan de Igualdad es un documento que recoge una serie de medidas tendentes a alcanzar la igualdad real y efectiva en una organización, evitando cualquier tipo de discriminación por razón de sexo en el seno de la misma.

¿Es obligatoria su implantación?

Con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, es recomendable que todas las compañías cuenten con un Plan de Igualdad, pero será obligatorio en los siguientes supuestos:

  • Empresas de más de 100 trabajadores: obligatorio desde 7 de marzo de 2021.
  • Empresas de entre 50 y 100 trabajadores: obligatorio a partir del 7 de marzo de 2022.
  • Empresas cuyo convenio colectivo así lo disponga.
  • Empresas a las que se les haya impuesto en un proceso sancionador.

El incumplimiento puede suponer la imposición de sanciones de carácter grave para la compañía.

Ventajas de contar con un plan de igualdad

  • Acceso y mejor posicionamiento en concursos públicos.
  • Puntuable en subvenciones públicas.
  • Mejora el clima laboral.
  • Mejora la imagen de la empresa.
  • Atracción y retención del talento.

¿Cuáles son las fases para su implantación?

  • Compromiso de la dirección y formación de una Comisión Negociadora.
  • Diagnóstico previo de situación.
  • Programación de objetivos y definición de acciones.
  • Registro del Plan de Igualdad en REGCON.
  • Seguimiento y actualización del Plan de Igualdad.

Consulta gratuita:

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