Complemento de brecha de género para hombres: reclama el incremento de tu pensión
¿Eres hombre, tienes hijos y percibes una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad?
Puedes tener derecho al complemento para la reducción de la brecha de género, aunque el INSS no lo reconociera inicialmente en tu pensión.
El Tribunal Supremo ha establecido que los hombres deben poder acceder al complemento en las mismas condiciones que las mujeres, sin que puedan exigírseles los requisitos adicionales que establecía la legislación española.
En Tertium Abogados estudiamos tu pensión, comprobamos si puedes reclamar el complemento y tramitamos el procedimiento frente al INSS o, cuando corresponda, en materia de Clases Pasivas.
¿Qué es el complemento para la reducción de la brecha de género?
El complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género es una cantidad económica que se añade a determinadas pensiones de la Seguridad Social por cada hijo o hija.
Entró en vigor el 4 de febrero de 2021 y sustituyó al anterior complemento por maternidad por aportación demográfica.
Se aplica a determinadas pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente y viudedad y su cuantía depende del número de hijos, con un máximo de cuatro.
Aunque la legislación española estableció inicialmente requisitos diferentes para hombres y mujeres, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en 2025 que esa diferencia de trato constituía una discriminación directa por razón de sexo.
Posteriormente, el Tribunal Supremo confirmó que los hombres deben poder acceder al complemento en las mismas condiciones que las mujeres.
Por ello, numerosos pensionistas varones a los que no se reconoció el complemento al concederles su pensión pueden tener ahora derecho a solicitarlo.
¿Qué ha cambiado para los hombres?
Hasta 2025, la legislación española establecía condiciones diferentes para acceder al complemento dependiendo de que el pensionista fuera hombre o mujer.
Mientras que a las mujeres se les reconocía el complemento por haber tenido uno o más hijos y ser beneficiarias de alguna de las pensiones previstas legalmente, a los hombres se les exigían requisitos adicionales relacionados con la interrupción o afectación de su carrera profesional.
Esta diferencia fue declarada discriminatoria por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Tras la sentencia europea de 2025, el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo estableció que el complemento debe reconocerse a los hombres en las mismas condiciones que a las mujeres, sin aplicar los requisitos adicionales previstos específicamente para ellos.
Requisitos para reclamar el complemento de brecha de género siendo hombre
Tras la jurisprudencia europea y del Tribunal Supremo, los hombres deben poder acceder al complemento en las mismas condiciones que las mujeres.
Por tanto, el estudio inicial debe centrarse fundamentalmente en los siguientes elementos:
Tener uno o más hijos
A diferencia del antiguo complemento por maternidad, para el complemento de brecha de género es suficiente tener un hijo.
La cuantía aumenta por cada hijo hasta un máximo de cuatro.
Ser beneficiario de una pensión contributiva
El complemento está vinculado a las pensiones contributivas de:
Jubilación.
Incapacidad permanente.
Viudedad.
El artículo 60 LGSS contempla expresamente estas tres modalidades.
Que resulte aplicable el régimen vigente desde febrero de 2021
El actual complemento entró en vigor el 4 de febrero de 2021.
La fecha de efectos y el hecho causante de la pensión son, por tanto, esenciales para determinar si debe estudiarse este complemento o el anterior complemento por maternidad.
¿Cuánto se cobra por el complemento de brecha de género en 2026?
En 2026, el complemento está establecido en 36,90 euros mensuales por cada hijo, con un máximo de cuatro hijos.
| Hijos | Complemento mensual 2026 | Importe anual aproximado* |
|---|---|---|
| 1 hijo | 36,90 € | 516,60 € |
| 2 hijos | 73,80 € | 1.033,20 € |
| 3 hijos | 110,70 € | 1.549,80 € |
| 4 o más | 147,60 € | 2.066,40 € |
El complemento se añade a tu pensión.
Además, si debió reconocerse anteriormente, será necesario estudiar los efectos económicos y las cantidades que puedan corresponder desde la fecha de acceso a la pensión.
¿Puedo reclamar si el INSS me denegó anteriormente el complemento?
Haber recibido anteriormente una resolución denegatoria no significa necesariamente que actualmente no exista ninguna posibilidad de actuación.
La jurisprudencia sobre el complemento ha experimentado una evolución muy importante, especialmente tras la sentencia del TJUE de 2025 y la posterior doctrina del Tribunal Supremo.
Sin embargo, la estrategia jurídica depende de cómo terminó la reclamación anterior: no es lo mismo haber recibido una resolución administrativa que no se recurrió que disponer de una sentencia judicial firme.
Si ya solicitaste el complemento y fue denegado, es recomendable revisar la resolución y las actuaciones realizadas antes de presentar una nueva solicitud.
¿Puedo reclamar el complemento si estoy jubilado?
Sí. La jubilación contributiva es una de las pensiones contempladas por el artículo 60 LGSS para el complemento de brecha de género.
Si eres hombre, tienes uno o más hijos y accediste a la pensión a partir de febrero de 2021, habría que estudiar si procede su reconocimiento.
La modalidad concreta de jubilación y la fecha del hecho causante deben revisarse en la resolución de pensión.
Complemento de brecha de género por incapacidad permanente
El complemento no se limita a las pensiones de jubilación, también pueden tener derecho las personas beneficiarias de una pensión contributiva de incapacidad permanente que reúnan los restantes requisitos.
Por tanto, si eres hombre, tienes hijos y te reconocieron una incapacidad permanente bajo el régimen temporal aplicable al actual complemento, conviene comprobar si el INSS incluyó correctamente el complemento en tu pensión.
Si no aparece en la resolución o fue denegado por los requisitos específicos que anteriormente se exigían a los hombres, puede ser necesario revisar el expediente conforme a la jurisprudencia actual.
Complemento de brecha de género en la pensión de viudedad
La pensión contributiva de viudedad también se encuentra entre las prestaciones contempladas por el artículo 60 LGSS.
Si eres hombre y percibes una pensión de viudedad, podemos revisar tu resolución para comprobar si existe derecho al complemento.
¿Pueden cobrar el complemento los dos progenitores?
El complemento para la reducción de la brecha de género tiene reglas específicas cuando ambos progenitores pueden tener derecho respecto de los mismos hijos.
Por ello, antes de presentar una reclamación es necesario comprobar si el otro progenitor ya percibe el complemento, qué pensiones recibe cada uno y desde qué fecha.
No debe confundirse esta cuestión con el antiguo complemento por maternidad, respecto del cual existe una doctrina diferente sobre la posibilidad de reconocimiento a ambos progenitores.
En Tertium Abogados comprobamos estas circunstancias antes de presentar la solicitud para determinar quién puede tener derecho al complemento y los efectos que podría producir su reconocimiento.
Diferencia entre complemento de maternidad y complemento de brecha de género
¿Tu pensión es anterior al 4 de febrero de 2021?
Es posible que tu caso corresponda al antiguo complemento por maternidad, no al complemento de brecha de género.
Complemento de brecha de género para funcionarios y Clases Pasivas
El complemento para la reducción de la brecha de género también tiene incidencia en el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
Por tanto, los funcionarios y demás pensionistas incluidos en Clases Pasivas pueden encontrarse en una situación equivalente que requiera revisar si el complemento fue reconocido correctamente.
La normativa y el procedimiento no son exactamente los mismos que en una pensión gestionada por el INSS, por lo que resulta necesario identificar primero el régimen al que pertenece la pensión.
Si eres funcionario jubilado, militar o perteneces a otro colectivo incluido en Clases Pasivas y tienes hijos, podemos revisar tu resolución para determinar si puedes reclamar el complemento.
En 2026, la normativa de revalorización establece igualmente el importe de 36,90 € mensuales por hijo para el complemento de Seguridad Social y Clases Pasivas.
¿Cómo reclamamos el complemento de brecha de género?
- Revisamos tu pensión
Comprobamos la fecha de reconocimiento, modalidad de pensión, número de hijos y situación del otro progenitor.
- Calculamos el complemento
Determinamos el importe que podría incrementar tu pensión y estudiamos los posibles efectos económicos.
- Presentamos la solicitud
Solicitamos el reconocimiento del complemento ante el organismo competente.
- Reclamamos si existe una denegación
Si el INSS desestima la solicitud, analizamos la resolución y formulamos la correspondiente reclamación administrativa.
- Vía judicial
Cuando resulte necesario, defendemos el reconocimiento del complemento ante los Juzgados y Tribunales competentes y reclamamos adicionalmente una indemnización de 1.800€ por la doble discriminación sufrida.
¿Qué documentación necesito?
Para realizar un primer estudio necesitaríamos únicamente:
Resolución de reconocimiento de la pensión.
DNI de los progenitores.
Número de hijos.
Libro de familia o certificados de nacimiento.
Resolución del INSS, si el complemento ya fue solicitado y/o denegado.
Abogados para reclamar el complemento de brecha de género
En Tertium Abogados tramitamos reclamaciones relacionadas con pensiones y prestaciones de la Seguridad Social.
Si eres hombre, tienes hijos y percibes una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, podemos revisar si tienes derecho al complemento para la reducción de la brecha de género conforme a la jurisprudencia actualmente aplicable.
Analizamos la resolución de pensión, la situación del otro progenitor, el importe del complemento y los efectos económicos que puedan corresponder.
Si el INSS ya ha rechazado tu solicitud, estudiamos también la resolución denegatoria y las posibilidades de reclamación.

